Seguro de Responsabilidad Civil AEDG

En esta página se proporcionan los datos de este seguro, con la intención de facilitar a los clubes su aportación para la organización de eventos en los que sea requerido.

Este seguro de Responsabilidad Civil cubre a los jugadores durante sus participaciones en eventos y durante entrenamientos en los diferentes lugares de práctica (parques, campos oficiales…).

En caso de necesitar una copia oficial de la póliza recomendamos ponerse en contacto con aedg@aediscgolf.es para solicitarla. También para cualquier consulta al respecto.

Condiciones Particulares

A continuación se deja copia exacta de las condiciones particulares de la póliza

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Objeto

Por el presente contrato establecemos que queda cubierta la RC extracontractual que directa, solidaria y subsidiariamente pueda derivarse para el asegurado como consecuencia de los daños y perjuicios causados involuntariamente a clientes y terceros por hechos que deriven de su actividad como:

– Responsabilidad civil de la asociación.
– Responsabilidad civil por la organización de eventos como competiciones, clínics, exhibiciones y entrenamientos individuales y colectivos.
– Responsabilidad civil de los clubes asociados

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Garantías y capitales

Capital máximo asegurado por año: 300.000,00 €.
Capital máximo asegurado por siniestro: 300.000,00 €.
Sublímite por víctima: 150.000,00 €.

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Ámbito territorial

España.

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Exclusiones

El hundimiento de gradas y/o tribunas.

Los daños causados a instalaciones propiedad del asegurado.

Coberturas canalizadas a través del Seguro específico del Automóvil o de cualquier otro seguro obligatorio.

Actividades no específicas de la Federación tales como actividades políticas, mítines, festivales musicales, etc.

Utilización de fuegos artificiales y demás material pirotécnico.

Daños causados al medio ambiente.

Perjuicios de carácter indirecto.

Responsabilidad Civil profesional o de Directivos.

Actividades que no corresponden a la profesión asegurada.

Cualquier clase de daño cuya causa u origen se haya producido antes del efecto de la póliza.

Las reclamaciones por incumplimiento de contratos, así como las responsabilidades contractuales que excedan de la responsabilidad civil legal.

Los daños que fueran consecuencia de la inobservancia deliberada de las leyes y reglamentos que genérica o específicamente sean de aplicación en la actividad del Asegurado.

Aquellos daños que se produzcan con posterioridad a la prestación de la actividad.

Los daños corporales, materiales y perjuicios ocasionados a terceros a consecuencia del suministro de materiales del Asegurado por defectos que pudieran tener.

Quedan expresamente excluidos de los riesgos cubiertos en la póliza, los siniestros ocurridos en zonas u espacios prohibidos por la Asociación.

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